Modalidades para tomar tus vacaciones en El Salvador

  1. Vacación individual:
    Para disfrutar de las vacaciones de manera individual, el trabajador o trabajadora deberá cumplir con los siguientes requisitos:
  • Haber laborado un año continuo para el mismo empleador.
  • Dentro de ese año, haber trabajado al menos 200 días.

Una vez cumplidos estos requisitos, el empleador contará con los siguientes plazos para programar el periodo de descanso:

  • Hasta 4 meses para planificar la vacación si cuenta con un máximo de 100 trabajadores o trabajadoras.
  • Hasta 6 meses para planificar la vacación si cuenta con más de 100 trabajadores o trabajadoras.

Adicionalmente, el empleador deberá notificar con al menos 30 días de anticipación la fecha en la que cada trabajador o trabajadora tomará su periodo de descanso. (Artículo 182 del Código de Trabajo).

@joselaborando

Hablemos sobre la forma en la que puedes tomarte las vacaciones. En esta ocasión revisaremos las vacaciones individuales de acuerdo a lo regulado en el Código de Trabajo #fyp #elsalvador🇸🇻 #empleosv #empleoelsalvador #vacaciones #licenciaslaborales #derecholaboral

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  1. Vacación colectiva:
    En esta modalidad, el empleador puede decidir que todo el personal tome las vacaciones al mismo tiempo. Para este caso, no será necesario que los trabajadores cumplan con los requisitos de un año continuo de labores ni los 200 días trabajados en ese periodo (Artículo 189, inciso 1°, Código de Trabajo).

También, el empleador puede llegar a un acuerdo con la mayoría del personal para dividir las vacaciones en dos o más periodos dentro de un mismo año laboral. Las condiciones para esta modalidad son:

  • Si las vacaciones se dividen en dos periodos, cada uno debe tener una duración mínima de 10 días.
  • Si se dividen en tres o más periodos, cada uno debe durar al menos 7 días.
@joselaborando

Les comparto la segunda parte de lo referente a las vacaciones. Hoy les hablo de las vacaciones colectivas #vacaciones #derecholaboral #licenciaslaborales #empleoelsalvador #elsalvador🇸🇻 #fyp #derecholaboral

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BASE LEGAL: CÓDIGO DE TRABAJO

Art. 177.- Después de un año de trabajo continuo en la misma empresa o establecimiento o bajo la dependencia de un mismo patrono, los trabajadores tendrán derecho a un período de vacaciones cuya duración será de quince días, los cuales serán remunerados con una prestación equivalente al salario ordinario correspondiente a dicho lapso más un 30% del mismo.

Art. 180.- Todo trabajador, para tener derecho a vacaciones, deberá acreditar un mínimo de doscientos días trabajados en el año, aunque en el contrato respectivo no se le exija trabajar todos los días de la semana, ni se le exija trabajar en cada día el máximo de horas ordinarias.

 

Licencia por Paternidad: apoyo y reconocimiento para los Padres

Imagen de un bebé recién nacido para representar los 3 días de licencia de paternidad que otorga el Código de Trabajo de El Salvador

Establecida en el Art. 29 literal d) del Código de Trabajo de El Salvador, el reconocimiento de la importancia del rol paterno en el cuidado y bienestar de los hijos se refleja en las disposiciones legales que otorgan a los trabajadores el derecho a una licencia por paternidad en casos de nacimiento o adopción.

Según lo estipulado en el código de trabajo, el trabajador tiene derecho a una licencia de tres días, con una prestación económica equivalente a su salario ordinario.

Esta licencia puede ser utilizada por el trabajador de forma continua desde el día del nacimiento o distribuida dentro de los primeros quince días posteriores al nacimiento. En situaciones de adopción, el plazo para disfrutar de la licencia por paternidad se cuenta a partir de la fecha en que quede firme la sentencia de adopción. Para acceder a este beneficio, se requerirá la presentación de la partida de nacimiento del hijo o la certificación de la sentencia de adopción, según corresponda.

El trabajador tiene la libertad de elegir cómo utilizar estos días de licencia, ya sea para brindar apoyo a su pareja en los primeros días tras el nacimiento o adopción, para participar activamente en el cuidado del hijo, o para ajustarse a las necesidades familiares.

Es importante destacar que, en línea con esta disposición, el patrono está obligado a reconocer una prestación económica equivalente al salario ordinario del trabajador durante estos tres días de licencia por paternidad. Esto no solo es un reconocimiento al derecho del trabajador a tomarse un tiempo para estar presente en un momento crucial para su familia, sino también una muestra de apoyo y reconocimiento por parte del empleador hacia la paternidad responsable.

En resumen, la licencia por paternidad es un derecho fundamental que permite a los padres tener un tiempo dedicado para apoyar y cuidar a sus hijos recién nacidos o adoptados, fortaleciendo así los lazos familiares y promoviendo la conciliación entre la vida laboral y familiar.